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LOS ABOGADOS CRITICAN LA FALTA DE MEDIOS PARA PODER LUCHAR CONTRA EL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN INTERNACIONAL


Diariojuridico.com

“Faltan medios e instrumentos para luchar contra la corrupción internacional”, afirmó ayer Nielson Sánchez-Stewart, vocal de la Comisión de Relaciones Internacionales del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), al tiempo que reclamó más herramientas legales, como tener acceso a “fuentes públicas de información” para detectar posibles actividades ilícitas de los clientes. La petición fue realizada ayer en unas jornadas sobre la corrupción internacional celebradas en el CGAE, en las que se debatió el papel de los abogados en la Convención Internacional contra los Sobornos. El encuentro contó con la presencia, entre otros, del responsable de los Proyectos Legales de la International Bar Association, Gonzalo Guzmán, y el director de Asuntos Legales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), Nicola Bonucci.
“A los abogados se les obliga a trabajar en torno a una materia sobre la que no estamos suficientemente preparados ante la falta de medios para cumplir con su labor”, aseguró Sánchez-Stewart, al tiempo que subrayó la importancia de hacer frente a la corrupción, “un mal que destruye a la sociedad”. Sin embargo, España “no es exigente” a la hora de perseguir los sobornos de empresas a funcionarios extranjeros y otros tipos de fraudes, apuntó Bonucci, quien afirmó que en los 13 últimos años en nuestro país tan sólo se han abierto siete investigaciones por corrupción internacional y ninguna a llegado a los tribunales.
“Resulta difícil creer que, con la importancia de los negocios de las empresas españolas en Latinoamérica, no haya habido ningún caso de soborno en todos estos años”, señaló el director de la OCDE, quien reconoció que en esta ‘lista negra’ nuestro país no está sólo. Le acompañan importantes países como Francia, Japón, Australia o Canadá. Estados Unidos y Alemania lideran en el mundo la persecución contra la corrupción internacional, mientras en el lado contrario se encuentran China y Nigeria.
Sin embargo, desde la firma de la Convención Internacional contra los Sobornos en 1999, se ha recorrido un largo camino, ya que hasta entonces en países como Francia o Alemania, los sobornos a funcionarios para hacer negocios internacionales no sólo estaban permitidos sino que, además, eran gastos desgravables fiscalmente. El fraude, soborno o blanqueo de capitales son, además, cada vez peor vistos entre los ciudadanos europeos y españoles.
Las formas empleadas en los sobornos internacionales suelen ser mediante una transferencia a una cuenta en un paraíso fiscal, el pago a una asociación de caridad o mediante la incorporación de un intermediario, que suele ser amigo o familiar del funcionario. La cantidad a pagar es una media del 10% del importe del contrato o del montante del negocio, lo que en muchas ocasiones supone millones de euros o dólares.

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