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La Ley de la Segunda Oportunidad ofrece la posibilidad de reducir o cancelar tus deudas de forma totalmente legal. El objetivo de este procedimiento consiste en liquidar total o parcialmente el patrimonio del deudor para poder satisfacer así las deudas que estos tienen con terceros.

Es por ello que, muchos de nuestros clientes, nos hacen la siguiente pregunta: ¿hay alguna forma de salvar la vivienda habitual? La respuesta es sí. No obstante, para ello deben una serie de requisitos que detallamos a continuación:

En primer lugar, debe de tratarse de la vivienda habitual. No se puede salvar un inmueble cuyo destino es únicamente vacacional.

En segundo lugar, sobre el inmueble deberá recaer una deuda hipotecaria que sea superior al valor de mercado de dicho inmueble. Es decir, que la deuda de la hipoteca que aún queda pendiente de pago debe ser mayor que lo que se sacaría por la venta del inmueble. Este requisito es imprescindible.

Por último, que el préstamo hipotecario esté al corriente de pago. Otro requisito indispensable para mantener la vivienda es tener préstamo hipotecario al día y que, además, el deudor pueda previsiblemente seguir al corriente en su abono mensual.

Así pues, la jurisprudencia permite que, cumpliendo dichos requisitos, el deudor pueda solicitar el perdón de sus deudas sin tener que vender para ello su vivienda habitual. Para ello es necesario contar con un buen asesoramiento especializado.

En Corbalán Abogados, nuestro equipo de abogados especialistas en Segunda Oportunidad atenderá su caso con la mayor profesionalidad posible. ¡No dude en contactar con nosotros de manera gratuita!

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