Las Provincias
El primer fallo en la provincia por la salida a Bolsa condena al banco a devolver lo invertido por transmitir una imagen de solvencia que no era real
castellón. El juzgado de primera instancia número 1 de Castellón ha condenado a Bankia a devolver 2.366,25 euros a una mujer que compró acciones en julio de 2011 tras anular el contrato de compra-venta por vicio en el consentimiento, ya que la imagen de solvencia transmitida por la entidad no se correspondía a la realidad financiera y contable. Según la Asociación de Perjudicados de Entidades Financieras (APDEF), se trata de la primera demanda que se ha ganado en Castellón contra Bankia por la venta de acciones de la entidad.
Así, el juzgado estima una demanda en la que la mujer alegaba que confió en las indicaciones de los empleados de Bankia y adquirió el 19 de julio de 2011 un total de 631 acciones de la entidad por un importe de 2.366,25 euros, las cuales, después de la agrupación efectuada, se vieron reducidas a 6, con un valor de 9,54 euros.
La sentencia destaca que no se discute que la demandante sabía que adquiría un producto no seguro, cuya rentabilidad dependía de la solvencia de la entidad bancaria, pero el «error» no estaba en el producto, sino en la solvencia de la entidad emisora, ya que la situación económica de Bankia no era la reflejada.
Así, se indica que lo que lleva al inversor a la adquisición de las acciones es la confianza en la sociedad que las emite y, si la imagen de la sociedad está «distorsionada» de forma «intencionada» -como es el caso, según la sentencia- debe suponer apreciar el vicio en el consentimiento, ya sea por error o dolo.