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MADRID CONTINUARÁ PIDIENDO LA PRESENTACIÓN DE ESCRITOS EN PAPEL

Por ALMUDENA GIL- Expansión
Hasta el 31 de enero, los juzgados de la capital continuarán exigiendo la presentación de los documentos procesales en papel, además de en formato electrónico, tras reconocer que no cuentan con los medios suficientes para su recepción y tramitación telemática.
El reto del papel cero en los juzgados de Madrid tendrá que esperar, al menos, hasta el 31 de enero. Así se desprende del Acuerdo 3/2016 adoptado el pasado 4 de enero por el magistrado juez decano de los juzgados de Madrid, Antonio Viejo, relativo a la ‘presentación de escritos y documentos por medios telemáticos y electrónicos y en formato papel ante los distintos servicios comunes de registro y reparto de los juzgados de Madrid’, en el que se pone de manifiesto que la Justicia madrileña no puede todavía cumplir con el objetivo de tramitar toda la documentación exclusivamente en formato electrónico.
“Al día de la fecha los medios electrónicos, aplicaciones y sistemas tecnológicos con los que cuentan las Servicios Comunes de las Oficinas de Registro y Reparto del Decanato de los Juzgados de Madrid y los órganos judiciales de Madrid, no permiten dar cumplimiento a la previsión normativa sobre presentación por medios telemáticos o electrónicos de los escritos y demás documentos dirigidos a las oficinas judiciales”, explica el texto que firma Antonio Viejo.
Por ello, el acuerdo fija unas reglas de actuación de los servicios comunes de registro y reparto por medios telemáticos en los juzgados de la capital -que tendrán carácter transitorio y vigencia inicial hasta el 31 de enero de 2016-, según las cuales, para la presentación de demandas a partir del 1 de enero de 2016, los abogados y procuradores deberán utilizar medios telemáticos o electrónicos y, además, a los efectos de facilitar el reparto, copias en papel del escrito de demanda y de los documentos, a la que se unirá la certificación acreditativa de su presentación por medios telemáticos o electrónicos expedida por la aplicación Lexnet.
Posibles incidencias
El texto también recoge previsiones ante posibles incidencias en la presentación telemática o electrónica de escritos y documentos. Así, establece que “cuando por cualquier circunstancia los profesionales de derecho no pudieran hacer uso de medios telemáticos o electrónicos para la presentación de escritos y demás documentos presentarán éstos en papel ante el Servicio Común de Registro y Reparto correspondiente, uniendo a la demanda, de ser ello posible, certificación acreditativa de la imposibilidad de su presentación por medios telemáticos o electrónicos bien expedida de forma automatizada por la aplicación Lexnet o por el administrador de la plataforma prestadora del servicio”.
A lo que añade que, “de no ser posible la presentación del certificado referido a la demanda o escrito se unirá un documento firmado por el presentante en el que expresará los motivos que han impedido su presentación por medios telemáticos o electrónicos”.

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