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LOS JURISTAS VEN RESPONSABILIDAD PENAL EN LA VENTA DE PREFERENTES


18.04.2013 A. Vigil / C. García-León

Los afectados por las preferentes se querellan contra los directivos de las entidades que les vendieron estos productos y solicitan hasta seis años de cárcel por delitos de estafa y falsedad documental.

La venta de participaciones preferentes ha desatado una tormenta judicial que ha dado el salto de la vía civil a la penal. Los afectados ya no se conforman con reclamar en los juzgados la nulidad de un contrato que firmaron pensando que invertían en un producto de ahorro y han presentado las primeras querellas, en este caso contra Bankia, reclamando penas de prisión para los responsables de las entidades que comercializaron estos productos.
Los juristas consultados por EXPANSIÓN consideran que podría haber recorrido por la jurisdicción penal, un camino que, de prosperar, facilita las reclamaciones civiles, de las que ya hay alrededor de 200 demandas, y se espera que sean más de 1.000 antes de verano de este año, sólo en la plataforma de afectados de participaciones preferentes.
Este organismo asegura que el 80% de los perjudicados supera los 65 años y mayoritariamente han conseguido fallos a su favor de los jueces, que han anulado los contratos. Aunque hay casos de particulares que han actuado por su cuenta, la mayoría se han agrupado y están representados por ocho bufetes, entre ellos Jausas o Cremades & Calvo-Sotelo.
En el verano de 2012 se unieron cinco despachos para cubrir todo el territorio nacional y formar la plataforma de afectados por las preferentes. Alrededor de 400 clientes han acudido ya a este grupo para pedir asesoramiento y ver si se unen en una reclamación conjunta, aunque en España no existe la figura de demanda colectiva como tal, por lo que, aún coordinados, tendrán que presentar las demandas de forma individual.
Otro motivo que apuntan los expertos para la proliferación de querellas en las próximas semanas es la ausencia en la vía penal de tasas judiciales, que sí se aplican en las demandas civiles.

El proceso

– Acudir a la vía penal es una forma de aclarar la responsabilidad civil. ç
– El Código Penal establece que es una agravante cometer un delito contra una pluralidad de personas. En el caso de las preferentes, se estima que hay 100.000 afectados.
– Se castiga con entre uno y seis años de cárcel los delitos por falsedad documental, estafa, publicidad engañosa, apropiación indebida, omisión del deber de denuncia o maquinación para alterar el precio de las cosas.
– En la jurisdicción penal, no se pagan las tasas judiciales.
Además de multas y sanciones, los responsables de la venta de preferentes podrían enfrentarse a penas de hasta seis años de prisión, acusados de delitos de estafa, falsedad en documento mercantil, los relativos al mercado y los consumidores, publicidad engañosa, apropiación indebida, omisión del deber de denuncia o maquinación para alterar el precio de las cosas. Todo ello con el agravante de que el delito se habría cometido afectando a una pluralidad de personas: 100.000 en toda España.
Alternativas
Elegir la vía penal no descarta la civil, puesto que en el seno de este proceso se aclara la responsabilidad civil, a no ser que el perjudicado renuncie a ello. Tras la sustanciación del procedimiento, la acción civil se ejercita generalmente de forma conjunta con la penal. Es lo que se denomina acción civil ex delicto y que comprende tanto la restitución de la inversión, como la reparación del posible daño y la eventual indemnización de los perjuicios causados.
Sin embargo, no todos los especialistas ni bufetes implicados en las demandas coinciden en que sea el mejor camino. Explican que, pese al riesgo que entrañan, las participaciones preferentes son un producto financiero lícito y regulado en nuestro ordenamiento jurídico. Por esta razón, estiman que la vía penal debería restringirse a las conductas más graves.
Antonio Caba, del despacho Dictum Abogados, apunta que los supuestos que han sido sustanciados hasta la fecha en sede penal, previos a los planteados esta semana contra Bankia, han sido sobreseídos provisionalmente en instrucción, sin llegar, por tanto, a juicio. No obstante, matiza que es cierto que en ninguno de ellos se había planteado hasta ahora la posibilidad de comisión delictiva en la emisión del producto o en responsables de organismos supervisores, sino en su comercialización por las sucursales bancarias.
Este experto ve complicado demostrar la existencia de ilícito penal en la emisión de las preferentes, dado que se requiere la inscripción del folleto informativo en los registros oficiales de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que detectaría una eventual falsedad en su contenido, siendo pues lo más lógico que los eventuales ilícitos penales se cometieran en fase de comercialización del producto.
Además, en su opinión, parece improbable que pueda llegar a apreciarse comportamiento delictivo en la conducta del responsable del organismo supervisor.
Querella
Jordi Ruiz de Villa, abogado de Jausas, firma que presentó el lunes una querella ante la Audiencia Nacional contra los miembros del consejo de administración de Caja Madrid en 2009 y contra el ex presidente de la CNMV Julio Segura, considera que se ha producido una estafa en connivencia con el organismo supervisor.
Además, explica que se está impidiendo que se vea el delito en su origen, y ese origen no está en el informe de la CNMV que salió a la luz la semana pasada, sino que es anterior. En este sentido, denuncia que, en el momento de la emisión, el valor razonable era inferior al precio de colocación. También destaca que, entre que se dio la orden de compra y se formalizó, Moody’s rebajó el rating del producto financiero, convirtiéndolo en basura y ve inexplicable que la CNMV tardara un año en darse cuenta de que se estaban vendiendo mal.

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