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Las nuevas tasas judiciales aprobadas por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, han supuesto el ingreso de 30 millones de euros en la Hacienda Pública durante los tres primeros meses del año, según los datos difundidos por la Agencia Tributaria. Esta cifra supone sólo el 40% de lo que el Gobierno pretendía recaudar -en este periodo y partiendo de la suposición que las cifras van a ser similares en el resto de meses-. En efecto, el Ministerio de Justicia calculó, al aprobar la nueva ley de tasas, que los ingresos por las tasas ascenderían a 306 millones de euros anuales, frente a los 164,4 que se recaudaron en 2011 por este mismo concepto. Sin embargo, entre Enero y Marzo se debería haber alcanzado la cifra aproximada de 76,5 millones de euros para lograr las expectativas de recaudación previstas y, sin embargo, no se ha llegado a la mitad.
Ante estos datos, instituciones como el Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) han denunciado que la tasa judicial tiene una finalidad “exclusivamente disuasoria”. Según el ICAB, “los datos del Ministerio de Hacienda demuestran que las previsiones del Ministerio de Justicia eran absolutamente irreales y, de seguir así, en el año 2013 recaudaría menos que con las tasas judiciales antes vigentes (de la Ley 53/2002)”.
“Si se tiene en cuenta, tal como expresó el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ante el Congreso, que la implantación de la tasa judicial respondía a una doble finalidad, recaudatoria y disuasoria, el objetivo se está consiguiendo sólo en este segundo ámbito”, aseguran desde el Colegio. El ICAB confirma que la tasa judicial está provocando una drástica reducción del número de resoluciones judiciales, superior al 60%, producida especialmente en los ámbitos más importantes a la hora de recaudar la tasa: aquellos derivados de las segundas instancias o ulteriores (recursos de apelación y casación civil, recursos de apelación y casación contencioso-administrativo y recursos de suplicación y casación social).
Recursos en trámite
El PSOE presentó esta semana ante en el Tribunal Constitucional su segundo recurso contra las tasas judiciales: si en su día impugnó la ley que las implantaba, ahora recurre el decreto ley que corrigió a la baja la cuantía de algunas de ellas.
Por su parte, el Consejo General de la Abogacía Española, junto con otros colegios de abogados, presentaron el pasado mes de enero recursos ante la Sala Contenciosa Administrativa de la Audiencia Nacional contra la Orden Ministerial que regula el pago de las tasas judiciales, solicitando su suspensión por considerar que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, reconocido en el artículo 24 de la Constitución. Los recursos, que están pendientes de resolución, se presentaron un mes después de que el Colegio de Abogados de Orense presentara el primer recurso contra las tasas judiciales.
Sin embargo, la Audiencia Nacional rechazó, el pasado viernes 25 de enero, suspender cautelarmente la aplicación de la Orden Ministerial en respuesta a la solicitud del Colegio de Abogados de Orense. La AN consideró, en un auto dictado por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que suspender la aplicación de las tasas supondría “prejuzgar el fondo del asunto” y que su suspensión “no causa perjuicios de difícil o imposible reparación para los recurrentes, superiores a los que la suspensión de su vigencia produciría al interés público”.
Por otro lado, el Informe sobre el Estado de la Justicia, que se presentó el pasado 8 de Mayo en el Colegio de Abogados de Barcelona, alertó que un 70% de los clientes que han consultado un abogado han renunciado a interponer una acción judicial debido al establecimiento de las tasas judiciales.