El derecho
El CGAE incide en que la reducción de cuotas condenará a la desaparición a muchos Colegios, lo que dificultará el acceso de los ciudadanos a la Justicia y supondrá la pérdida de cientos de puestos de trabajo.
El Consejo General de la Abogacía Española rechaza el anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales que, según informaciones periodísticas, podría aprobarse próximamente en el Consejo de Ministros. La Abogacía reclama un debate antes de su aprobación, ya que, según su presidente, Carlos Carnicer, “en una sociedad democrática, el Gobierno no debería hacer una norma sin contar adecuadamente con el sector que va a regular”.
El CGAE expresa su malestar al no haberse incorporado las alegaciones que presentó en su día que evitarían daños a la profesión y perjuicios a los ciudadanos. Desde hace años viene reclamando el desarrollo del artículo 36 de la Constitución.
Ruptura de la profesión de abogado
La Abogacía censura que la colegiación se limite sólo a los abogados que actúen ante tribunales y para los que presten asistencia jurídica y no mantengan relación laboral con el asesorado. La norma propuesta en el anteproyecto conocido es una división y ruptura de la profesión contraria a lo previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según el CGAE.
La colegiación debe ser obligatoria para prestar cualquier servicio propio de la profesión, con independencia de la naturaleza jurídica de la relación del abogado con su cliente. La no incorporación al Colegio implicaría una absoluta falta de control deontológico y disciplinario, cercenando derechos del cliente y desprotegiéndole ante posibles errores o mala praxis, así lo ha manifestado la Abogacía.
Ámbito territorial
La Abogacía defiende que la incorporación a los Colegios debe llevarse a cabo en el lugar en el que se ubique el domicilio profesional, único o principal, del interesado, con libertad de actuación en todo el territorio nacional, en lugar de que pueda hacerse en cualquier Colegio del territorio nacional.
Conflictos de competencias
La Abogacía propone que el texto sea plenamente respetuoso con el orden constitucional de distribución de competencias, para evitar así la eventual declaración de inconstitucionalidad de algunos de sus artículos.
Cuotas colegiales
Además, este organismo manifiesta que el anteproyecto aumenta las obligaciones de los Colegios e incrementa la burocracia, al mismo tiempo que elimina las cuotas de inscripción y reduce las cuotas mensuales al límite mínimo sólo para garantizar “el sostenimiento de las funciones públicas”, lo que, en la realidad condena a la desaparición a la mayor parte de las instituciones colegiales, que implicaría, además de la pérdida de cientos de puestos de trabajo, mayores dificultades para el acceso a la justicia.
Buen Gobierno de corporaciones colegiales
La implantación de la incompatibilidad en el ejercicio del cargo de presidente, decano o miembro de la Junta de Gobierno con el desempeño de cargos directivos en entidades de seguros o mutualidades de previsión social es una novedad que no encuentra sustento alguno en la normativa general de ordenación de los seguros privados, según el CGAE.