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El Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado, tras dos jornadas repletas de deliberaciones y en una completa división, que quien paga el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados es el que solicita el crédito.

La votación ha mostrado un Tribunal Supremo partido por la mitad: 15 magistrados votaron por volver a la situación anterior y 13 por ratificar lo decidido el pasado 18 de octubre por la Sección Segunda. La votación ha sido tan ajustada que, si hubieran participado los tres magistrados presentes el resultado podía haber sido otro.

Al final de la tarde, el presidente de la Sala, Luis María Díez-Picazo, propuso junto con la magistrada Pilar Teso una primera votación para respaldar que pagasen las entidades financieras pero sin retroactividad alguna. Es decir, sólo en las nuevas hipotecas. La opción, defendida por el presidente como una especie de solución de consenso, fue rechazada.

Díez-Picazo optó entonces por votar directamente la estimación o no de los recursos que pedían que pagasen los bancos. Algunos magistrados querían tratar más a fondo el asunto de la retroactividad, pero el presidente ordenó la votación definitiva. Por su cargo, él era el último en votar y el resultado que le llegó era de 14 a 13. Si ratificaba la decisión dictada hace dos semanas por la Sección Segunda había empate. Pero una vez rechazada su opción preferida de que paguen los bancos sin retroactividad, prefirió volver a la doctrina clásica: 15 a 13 a favor de lo que pedían las entidades financieras.
A muchos les preocupa que el mensaje a la ciudadanía haya sido que si hay algo que resulte perjudicial a las entidades financieras, siempre se puede intentar corregirlo. Así se interpretó la decisión de Luis María Diez Picazo de llevar el asunto al Pleno.
La decisión del Pleno supone enmendar la plana a esa la Sección Segunda de la Sala, que es la que tiene encomendada la resolución de todos los recursos en materia tributaria. En el Pleno, en cambio, han entrado a votar magistrados del resto de secciones, que en el día a día resuelven recursos de otros ámbitos. Fueron cinco de los magistrados, de esa Sección Segunda los que decidieron anular el reglamento del impuesto e interpretar que lo que realmente se desprendía de la ley era que el obligado tributario era el banco.
En las intervenciones del Pleno varios magistrados les recriminaron que abordaran un cambio de algo tan consolidado y tan trascendente sin tener un motivo real de peso para ello.
La reunión del Pleno cierra del debate del impuesto, por lo que a partir de ahora los magistrados encargados de filtrar la admisión de recursos de casación rechazarán los que lleguen pidiendo que paguen los bancos.
La decisión deja ahora vía libre a que otra Sala del Supremo, la Primera, reactive su propia sentencia sobre el reparto del resto de gastos de la hipoteca, que estaba a punto de dictar y que suspendió a la espera de que la Sala Tercera se aclarase con el impuesto. Esa Sala Primera, como ha hecho hasta ahora, se alineará con la Tercera y el debate del impuesto quedará zanjado.
El Supremo ha comunicado ayer martes únicamente el resultado de la votación. La sentencia con los argumentos, así como los votos particulares que se redacten, se conocerán en los próximos días.

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