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EL PODER JUDICIAL DEBATE HOY SU INFORME SOBRE LA LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES


El Derecho

El CGPJ tiene previsto dar el visto bueno hoy a tres informes que se refieren a los anteproyectos de Reglamento que Desarrolla la Ley de Asilo, Estatuto de las Víctimas y de la Ley de Colegios y Servicios Profesionales, han informado a Europa Press fuentes de este órgano.

Se trata de informes consultivos cuyas sugerencias pueden ser tomadas en cuenta por el Ejecutivo antes de que la normativa en cuestión comience su andadura parlamentaria.
Asilo
El Anteproyecto de Reglamento que regula la Ley de Asilo remitido por el Gobierno contempla que el Ministerio del Interior tenga la última palabra si un embajador solicita el traslado a España de un solicitante de protección internacional para que pueda cursar su petición. Los ponentes del informe que valora esta propuesta han sido los vocales Álvaro Cuesta y Mercé Pigem.
El texto llega con más de tres años de retraso a desarrollar la Ley de Asilo de 2009, en cuyo artículo 38 se establecía que los embajadores podrán promover el traslado del solicitante de asilo a España para que pueda formalizar su solicitud.
Según la ley, y conforme recoge también el borrador del Reglamento, sólo se puede pedir protección a España en la Oficina de Asilo y Refugio, los puestos fronterizos habilitados para la entrada en el país, las comisarías de Policía y las Oficinas de Extranjeros. En las embajadas el único trámite que se puede realizar es demandar el traslado al país.
Ahora, se concreta que los representantes diplomáticos tendrán que elaborar “un informe justificativo en el que se detallen las circunstancias personales de la persona cuyo traslado se interese, los motivos de persecución alegados y las circunstancias que amenazan su seguridad en el país de residencia y ante el cual esté acreditado el embajador”.
Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, el reglamento estaría creando así un trámite no contemplado en la ley que, en la práctica, obligará a la persona que necesita protección a someterse a un examen sólo para poder presentar la solicitud. Si Interior rechaza el traslado a España, las autoridades nunca llegarán a examinar su petición de asilo.
Valoración positiva del estatuto de la víctima
En su sesión de hoy el Consejo también estudiará el borrador del informe que el vocal Juan Manuel Fernández ha realizado sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica del Estatuto de las Víctimas de Delito, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado mes de octubre.
El borrador que se somete hoy debate considera que la norma “merece un juicio positivo” en términos generales, aunque propone ampliar la intervención de las víctimas en la fase de ejecución de las penas y reconocer como tales a los hijos menores de edad en los supuestos de violencia doméstica.
El Anteproyecto del Gobierno establece que las víctimas podrán recurrir la obtención de permisos penitenciarios y la clasificación en tercer grado de sus agresores. Además, prevé que puedan recurrir también su libertad condicional en casos de condenas superiores a los cinco años de cárcel.
A este respecto, el texto que será debatido hoy por el Pleno del Poder Judicial advierte que la propuesta del Ejecutivo no prevé la participación de la víctima en relación con la suspensión o sustitución de las penas privativas de libertad, pese a que su opinión, aun no siendo vinculante, posee una especial importancia tanto para la adopción de estas medidas como para el establecimiento de los deberes u obligaciones del penado.
El texto inicial del CGPJ propone también que la actuación de la víctima se encauce a través de su personación como parte en el proceso con abogado y procurador.
Techo en la cuota colegial
Finalmente, el órgano de gobierno de los jueces discutirá el borrador del informe sobre la Ley de Colegios y Servicios Profesionales que ha sido elaborado por los vocales Gerardo Martínez Tristán y Juan Manuel Fernández.
En esta norma a valorar por el CGPJ el Gobierno fija techo de 250 euros anuales en la cuota obligatoria que los colegios profesionales podrán exigir con carácter general a los abogados. Además, prohíbe a estas corporaciones contratar a familiares directos de sus cargos directivos.
El texto centra uno de sus artículos en el ‘Buen Gobierno de las corporaciones colegiales’ que impone a los cargos directivos ejercer de acuerdo a los principios de “imparcialidad, buena fe, igualdad de trato, conducta honorable y responsabilidad” y observar la Ley de Transparencia.
Prohíbe que los familiares directos de los cargos de las corporaciones sean contratados laboral o mercantilmente por las mismas y señala que los miembros directivos no podrán valerse de su posición para “obtener ventajas personales o materiales por intereses privados, de familiares directos o por intereses compartidos con terceras personas”.
Entre los preceptos de la ley se incluye que estos cargos no podrán aceptar regalos, favores o servicios en condiciones ventajosas que superen los usos habituales o de cortesía o que puedan condicionar el desarrollo de sus funciones.
El anteproyecto mantiene la idea de que los abogados pueden ejercer como procuradores y viceversa y defiende la colegiación obligatoria de los abogados para actuar ante los tribunales, así como para “prestar asistencia letrada o asesoramiento en representación de un tercero con el que no tenga un vínculo de naturaleza laboral”.

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