El confidencial
Se acabaron las negociaciones interminables para refinanciar la deuda de una empresa porque un banco o un fondo se opone al acuerdo de los demás. El Gobierno va a cambiar la ley para que baste con un acuerdo del 70% de la deuda de una compañía, en vez de la unanimidad exigida en la actualidad, para aprobar una refinanciación, quita, venta de activos o cualquier otra medida que evite el concurso de acreedores. Esta medida irá incluida en un Real Decreto-Ley de refinanciación y reestructración de deuda, que se aprobará en el Consejo de Ministros del próximo viernes y que concede casi todas las peticiones formuladas por la banca para acceder a crear un “fondo de salvamento” que canjee deuda por capital de las compañías.
Fuentes de Economía confirman que la nueva norma anunciada el viernes por el ministro Luis de Guindos rebajará el umbral para salvar una empresa del concurso desde el 100% de la masa acreedora al 70%. Esta era una aspiración clásica de la banca, puesto que la situación actual eternizaba las negociaciones de las refinanciaciones durante meses y muchas veces la oposición de un solo acreedor con un porcentaje muy pequeño de la deuda daba al traste con el esfuerzo del resto, como ocurrió en el caso de Nozar. Ahora sólo se pueden exceptuar de la regla de la unanimidad las esperas, es decir, el alargamiento del plazo de pago. Las demás medidas requieren el apoyo del 100%.
Se trata de introducir una especie de cláusula de acción colectiva similar a la de las emisiones de bonos soberanos. Además, esta obligación de acatar lo que acuerde el 70% se extiende no sólo a los acreedores bancarios sino también a los fondos ‘buitres’ que compran la deuda a las entidades y cuya situación hasta ahora se encontraba en la indefinición. Ademas, estos fondos suelen poner bastantes pegas a las refinanciaciones, porque prefieren en general ir a concurso y quedarse con los activos de la empresa antes que aceptar una quita. Esta era otra de las demandas de la banca adelantadas el miércoles por El Confidencial.
Asimismo, el Gobierno ha aceptado la principal demanda del sector financiero para crear un fondo que facilite la conversión de la deuda “no sostenible” de las empresas en capital (el ‘Proyecto Midas’), tal como ha pedido el FMI: que la deuda “sostenible” deje de considerarse morosa. Este proyecto pretende que las entidades aportarán al nuevo fondo la deuda que se considere “no sostenible” y éste la canjeará por capital, con el objeto de aliviar la carga para la empresa y que ésta pueda gestionarse para devolver la deuda “sostenible” y salvarse así del concurso de acreedores y de una eventual liquidación.
El BdE tendrá que cambiar la norma de refinanciaciones
El sector considera que debería destinar las provisiones que ya tiene constituidas para toda la deuda de la empresa a cubrir la presumible pérdida que sufrirá al canjear la “no sostenible” por capital (ya que el valor de la empresa será muy inferior al de esos créditos). En ese caso, la deuda que seguirá viva, la ‘sostenible’, se quedaría sin provisiones. Y si tiene calificación de morosa –o subestándar–, la banca tendría que dotar provisiones adicionales, por lo que al final la operación le iba a costar el doble: perdería las provisiones ya dotadas y tendría que constituir otras nuevas. Por ello, pedía que se saque de mora esa deuda ‘sostenible’ y el Gobierno ha accedido a esa demanda.
Así, Guindos anunció tras el Consejo de Ministros que el Banco de España elaborará una nueva normativa para recalificar la deuda subsistente -la que quede tras un canje por capital y también tras una quita-, lo cual supone dejar en papel mojado la polémica reclasificación de las refinanciaciones impuesta el año pasado y que ha disparado las tasas de morosidad de la banca española. Economía explica que, si un banco tiene una deuda de 100 con una empresa que se considera subestándar (está al corriente de pago pero con riesgo de incumplimiento), y hace una quita de 30, los 70 que le quedan ya no suponen un riesgo tan alto, por lo que pueden calificarse como “normal”.
Aplazamientos de más de tres años
Asimismo, la recapitalización de estas empresas se hará de forma que no subvencione a los actuales accionistas, por lo que tendrá que basarse en una valoración objetiva que apruebe la junta general de accionistas de la compañía. Y si no es así, la nueva norma contendrá una serie de “presunciones” para asegurarse de que se evita este riesgo, otro de los que alertaba la banca en el documento elaborado por N+1 que surigió al Ministerio.
Dentro de este Real Decreto-Ley también se introducirá la posibilidad de conceder aplazamientos de la deuda (esperas) de más de tres años, que es el plazo máximo que permite la normativa actual. Asimismo, se abrirá la posibilidad de alcanzar acuerdos individuales y se suprimirá la exigencia de contar con un experto independiente en los procesos de refinanciación, según Guindos. Otras peticiones de la banca son que la deuda “sostenible” no se considere subordinada en caso de que la recapitalización fracase y la empresa acabe en concurso (es decir, que el banco no sea el último en cobrar), que las participaciones en este fondo de salvamento no consuman capital (no computen como activos ponderados por riesgo) y que estos procesos tengan ventajas fiscales.
El Gobierno ha decidido sacar esta importantisima normativa de refinanciación y reestructuración de deudas de los dos anteproyectos de ley aprobados ayer: el de regulación de las entidades de capita riesgo y el de fomento de financiación empresaria. Según fuentes conocedoras de la situación, esto obedece a que es necesario aprobar estas modificaciones de forma urgente para que puedan aplicarse a procesos actualmente en marcha, como el de Pescanova, que ayer aprobó la propuesta de recapitalización por parte de la banca con una quita del 70%.