Skip to main content

El concurso sin masa, antes conocido como “concurso express”, es un procedimiento concursal en el que, desde el inicio, concurre alguna de las siguientes circunstancias:

  1. El concursado carece de bienes y derechos legalmente embargables (para lo que deberemos atender al art. 607 LEC).
  2. El coste de realización de los bienes y derechos del concursado fuera manifiestamente desproporcionado respecto al previsible valor venal. Es decir, que los bienes estén desprovistos de valor de mercado.
  3. Los bienes y derechos del concursado libres de cargas fueran de valor inferior al previsible coste del procedimiento. Relacionado con el punto anterior, conlleva que los bienes no tengan un valor de mercado que pueda suplir los costes del propio procedimiento concursal. Por ejemplo, un vehículo de escaso valor que para ser subastado requiera de una tasación que conlleva unos costes superiores a lo que previsiblemente se obtendrá en una subasta.
  4. Los gravámenes y las cargas existentes sobre los bienes y derechos del concursado lo sean por importe superior al valor de mercado de esos bienes y derechos. Un claro ejemplo: una vivienda cuyo valor de mercado es de 100.000.-€, con una carga hipotecaria de 120.000.-€.

Es por ello que, en caso de encontrarnos en alguno de los anteriores supuestos, el Juzgado concederá 15 días a los acreedores para que decidan si se nombra, o no, un Administrador Concursal, cuyos honorarios deberán ser abonados por ellos, al objeto de dilucidar si existe alguna circunstancia que pudiera afectar a la concesión de la exoneración del pasivo insatisfecho.

La realidad ante la que nos estamos encontrando en los juzgados es que los acreedores no están nombrando a administradores concursales, por lo que se está consiguiendo la exoneración de las deudas en un plazo de entre 4 a 6 meses.

En Corbalán Abogados somos especialistas es la Ley de Segunda Oportunidad, por lo que, si te encuentras en una situación de insolvencia por la que no puedes hacer frente a tus deudas, no dudes en contactarnos a través del correo info@corbalanabogados.com o llamando al 963 61 48 22. Nuestro equipo de especialistas te asesorará de forma gratuita.

Abrir chat
¿Podemos ayudarte?