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Derecho Mercantil

CONDENAN A BANKIA A DEVOLVER 70.000 EUROS A UNA PAREJA DE VALENCIA CON PREFERENTES


Las Provincias

La El juzgado de primera instancia número 2 de Valencia ha condenado a Bankia a devolver a un matrimonio 70.000 euros al declarar la nulidad del contrato de adquisición de obligaciones subordinadas emitidas por Bancaja en 2002 y del contrato de adquisición de preferentes de 2008, así como el canje por acciones que realizaron en 2012. De los 70.000 euros, se deducirá los rendimientos cobrados por los demandantes, un matrimonio formado por un médico de 65 años y una enfermera de 58, que eran clientes de Bancaja desde que hacía más de 20 años, y que habían sido derivados a una sucursal de Fidenzis, marca de banca privada que utilizaba Bancaja.

La pareja demandó a la entidad al asegurar que había sufrido «falta de información» sobre los productos financieros que habían contratado y la existencia de vicio o error en el consentimiento. La entidad, por su parte, se opuso a la pretensión.

En su resolución, la juez señala que ofrecer un producto financiero híbrido complejo como una alternativa a un plazo fijo «puede claramente inducir a error, ya que se trata de productos diametralmente distintos». En este caso, la jueza considera que Bankia no ha probado que proporcionó información suficiente sobre las obligaciones subordinadas y participaciones preferentes objeto de litigio.

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