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Derecho MercantilNoticias

CONDENAN A AIREUROPA POR UN RETRASO DE DIEZ MINUTOS

El Mundo
El atraso hizo que un pasajero perdiera un vuelo de conexión y la compañía tendrá que pagarle 600 euros
El fallo confirma la tendencia de los jueces contra las aerolíneas
Los jueces fuerzan a las aerolíneas a indemnizar a los pasajeros por los atrasos
Un retraso de diez minutos también es motivo de condena para las compañías aéreas. Lo acaba de resolver un juzgado de Valencia, quien ha resuelto que AirEuropa tendrá que indemnizar a un pasajero que perdió el vuelo Madrid-Valencia por culpa de un retraso de diez minutos del vuelo de origen Miami-Madrid.
El fallo, al que ha tenido acceso EL MUNDO, es otra muestra de la tendencia de los magistrados a forzar a las aerolíneas a que se hagan responsables de los incumplimientos de contratos tras años de ambigüedades en los que los pasajeros no sabían que tenían derecho a reclamar por desconocer que el reglamento comunitario los amparaba.
Un grupo de despachos de abogados a nivel europeo agrupado en la plataforma Wings to Claim (alas para reclamar) -todos ellos miembros de la unión internacional de abogados- es quien comanda esta especie de despertar para el consumidor. El objetivo es hacer visible la normativa 261/ 2004 de la Unión Europea (UE), cuya existencia era desconocida para la mayoría de clientes de las aerolíneas.
En apenas seis meses, los juzgados de la Comunidad Valenciana ha registrado cerca de 400 demandas de esta naturaleza de las que un centenar ha terminado en condena (el resto está tramitándose). Los jueces están dándole recorrido. «Esto supone que se está asentando la doctrina estimatoria para estas causas y nosotros estamos muy positivos en este sentido», explica Carlos Corbalán, representante de Wings to Claim en la Comunidad Valenciana.
La sentencia que ahora ha condenado a AirEuropa es diferente al resto de las que se han estimado por contenido. No se trata de un retraso al uso (de tres horas), ni de cancelaciones de último momento ni de overbooking, los tres supuestos que la normativa europea marca como motivo de indemnización obligatoria por parte del operador del vuelo si el cliente lo reclama. Es un atraso de diez minutos que ha encontrado reproche penal.
Se trataba de un vuelo que cubría la ruta Miami-Madrid el 2 de agosto del año pasado. Una vez en la capital de España, el pasajero debía coger un avión dirección Valencia pero no llegó. Por apenas diez minutos. El avión entre Miami y Madrid aterrizó diez minutos después de lo previsto, un tiempo pequeño pero que sin embargo hizo que perdiera su enlace. El juez le ha dado la razón y ha condenado a la compañía a pagarle 600 euros al considerar como retraso lo global. Es decir, ha sumado todo el tiempo que tardó en llegar a su destino final .
«La gente tiene en mente que ante una pérdida de conexión no tiene derecho a reclamar. Generalmente, la compañía lo que hace es ofrecerte un nuevo billete y con eso el pasajero se siente resarcido pero en realidad hay un incumplimiento de contrato, como ha demostrado esta sentencia», argumenta Corbalán.
«Si ya es difícil tener en mente que se pueda reclamar por un retraso de tres horas, más complicado puede resultar hacerlo por uno de diez minutos pero sí que se puede. La normativa ampara para ello. Se genera de todas todas un derecho compensatorio», precisa el letrado. La ley comunitaria dice que las compañías aéreas están obligadas a compensar económicamente a sus clientes en caso de retrasos de tres horas o más -y no sólo a devolverles el importe del billete que es a lo sumo a lo que el perjudicado aspiraba hasta ahora-, de que por culpa de ese retraso pierdan un vuelo de enlace y de la denegación de embarque por overbooking.
De acuerdo con esta normativa de la UE, en vuelos de hasta 1.500 kilómetros, la compañía abonará 250 euros; 400 hasta 3.500 kilómetros y 600 euros de 3.500 kilómetros en adelante. La demanda es el último paso. Antes de acudir al juzgado, se intenta la vía extrajudicial para intentar cerrar un acuerdo. Que la reclamación acabe en la mesa de un magistrado es el último paso. Es, en definitiva, un filtro que, en muchas ocasiones, se encuentra con la férrea posición de las operadoras de vuelo, quienes no están acostumbradas a este tipo de reclamaciones.
 

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