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LA REFORMA DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES

El derecho
Esta semana, el Congreso ha aprobado definitivamente, la reforma fiscal que entrará en vigor el 1 de enero de 2015.
Entre los diferentes cambios incluidos en el proyecto de ley del Impuesto de Sociedades a su paso por el Senado destaca la actualización de balances voluntaria que el Gobierno aprobó en diciembre de 2012, y que ahora se deducirán en el caso de los contribuyentes que se vieron afectados por limitación de las amortizaciones o se acogieron a la actualización de balances, con el objetivo de minorar el coste económico que les puede generar la reducción del tipo de gravamen.
En concreto, podrán detraerse de la cuota íntegra un 5% de las cantidades que integren en la base imponible, derivadas de amortizaciones no deducidas en los periodos impositivos iniciados en 2013 y 2014. La deducción será del 2% en 2015.
También se ha incluido una disposición transitoria nueva para limitar la compensación de bases negativas al 60% de la base imponible para 2016 por razones de consolidación fiscal y otra para evitar que los activos intangibles adquiridos antes de la reforma fiscal que tenían restricciones de deducibilidad se conviertan en deducibles.
Estas y otras cuestiones se trataran en el seminario “la reforma del impuesto de sociedades” por parte de Ángel Serrano Gutiérrez, Inspector Jefe de la Unidad de Control Tributario y Aduanero, José Antonio López-Santacruz, Inspector de Hacienda del Estado y Begoña García-Rozado González, Subdirectora General de Impuestos sobre las Personas Jurídicas.

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